Vacaciones pendientes: el 30 de septiembre de 2026 son dos plazos a la vez
Las vacaciones pendientes de 2025 deben empezar antes del 30 de septiembre. Ese mismo día prescriben las de 2022: revisa tus días.
El 30 de septiembre de 2026 es una sola fecha, pero dos plazos distintos. Hasta ese día tu empleador está obligado a concederte las vacaciones pendientes (urlop zaległy) de 2025. Ese mismo día prescribe el derecho a reclamar las vacaciones de 2022: si aún te quedan días de aquel año, a partir del 1 de octubre el empleador puede negarse a concederlos. Conviene revisar tu ficha de vacaciones esta semana, no en octubre.
Primer plazo: vacaciones pendientes de 2025
La regla es sencilla: las vacaciones se conceden en el año natural en el que se adquiere el derecho (art. 161 del Kodeks pracy, el Código de Trabajo). Si no se disfrutaron todos los días, pasan a ser urlop zaległy (vacaciones pendientes), y deben concederse como muy tarde el 30 de septiembre del año siguiente (art. 168 del Código de Trabajo). Los días de 2025 tienen, por tanto, como fecha límite el 30 de septiembre de 2026.
Dos detalles que suelen olvidarse:
- Basta con que las vacaciones comiencen antes del 30 de septiembre. Si te quedan diez o quince días pendientes y el primero cae el 30 de septiembre, el resto puede continuar en octubre: el plazo se considera cumplido.
- El urlop na żądanie (permiso a demanda) no entra en esta bolsa. Los 4 días a demanda no disfrutados en 2025 pasan a 2026 como vacaciones pendientes ordinarias, pero ya no se rigen por el régimen especial del permiso a demanda.
No conceder al trabajador las vacaciones que le corresponden es una infracción contra los derechos del trabajador, castigada con una multa de 2000 a 60 000 PLN (art. 282 § 1 punto 2 del Código de Trabajo, en la redacción vigente desde el 8 de julio de 2026).
Segundo plazo: prescripción de las vacaciones de 2022
Las reclamaciones derivadas de la relación laboral prescriben a los 3 años desde el día en que resultaron exigibles (art. 291 § 1 del Código de Trabajo). En el caso de las vacaciones pendientes, ese plazo empieza a correr el 30 de septiembre del año siguiente a aquel en que se generaron.
Haz el cálculo con las vacaciones de 2022: debían haberse concedido antes del 30 de septiembre de 2023, así que los tres años corren desde esa fecha y terminan el 30 de septiembre de 2026. A partir del 1 de octubre de 2026 la reclamación está prescrita. El derecho no desaparece por sí solo, pero el empleador puede alegar la prescripción y negarse eficazmente tanto a dar esos días como a pagar su compensación económica.
Una excepción: durante el urlop wychowawczy (excedencia por cuidado de hijo) el plazo de prescripción del derecho a vacaciones queda suspendido. Si estuviste en esa situación, tus fechas son otras: pide a recursos humanos que las calcule.
El dinero no sustituye al descanso
Mientras sigas empleado, el empleador no puede pagarte una compensación económica en lugar de las vacaciones. El derecho al descanso debe ejercerse en especie, es decir, en días libres, algo que la Państwowa Inspekcja Pracy (PIP, Inspección Estatal de Trabajo) recuerda con regularidad. El ekwiwalent (compensación económica) por vacaciones no disfrutadas solo procede cuando la relación laboral se extingue (art. 171 del Código de Trabajo). Esa reclamación también prescribe a los 3 años, pero contados desde la fecha de extinción del contrato.
Segunda consecuencia práctica: según la PIP, apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el empleador puede enviar al trabajador a disfrutar las vacaciones pendientes incluso sin su consentimiento. Así que si en septiembre te comunican «el lunes empiezas tus días pendientes», en el caso de las vacaciones pendientes es algo admisible.
Qué significa esto para ti
Si eres trabajador:
- Pide a recursos humanos tu saldo de vacaciones desglosado por años: cuántos días te quedan de 2022, de 2023–2024, de 2025 y de 2026.
- Disfruta los días de 2022 o solicítalos antes del 1 de octubre de 2026. Una solicitud por escrito o por correo electrónico te deja prueba de que la presentaste a tiempo.
- Planifica los días pendientes de 2025 de modo que las vacaciones empiecen como muy tarde el 30 de septiembre.
- Si el empleador no te concede las vacaciones, puedes presentar una denuncia ante la PIP. Es gratuita y, si lo pides, el inspector no revelará que la inspección procede de tu aviso.
- ¿Trabajas a través de una agencia como trabajador temporal? Las vacaciones las concede la agencia, que es tu empleador: dirígele a ella la solicitud, aunque cada día trabajes en la empresa usuaria (pracodawca użytkownik).
Si eres empleador:
- Revisa las fichas de vacaciones antes del 30 de septiembre: primero los días de 2022–2024 (riesgo de prescripción y de conflicto) y después el pendiente de 2025 (riesgo de infracción).
- Las vacaciones pendientes tienen prioridad sobre las del año en curso: ese es el orden al tramitar las solicitudes.
- Deja constancia documental. En una inspección de la PIP lo que cuenta es la documentación: solicitudes de vacaciones, fichas de vacaciones y registro de jornada.
Las vacaciones pendientes rara vez son cuestión de mala fe: casi siempre es que nadie miró las fechas. Una sola revisión de la ficha en la última semana de septiembre puede salvar más de diez días libres. Si no sabes calcular tus plazos o tu empleador se niega a darte vacaciones, escríbenos.
Base legal: Ley de 26 de junio de 1974 — Kodeks pracy (Código de Trabajo), texto refundido Dz.U. 2025 pos. 277 con sus modificaciones, art. 161, art. 167(2), art. 168, art. 171, art. 282 § 1 punto 2, art. 291 § 1; materiales informativos de la Państwowa Inspekcja Pracy sobre las vacaciones anuales (comunicado «Prawo do wypoczynku ma być realizowane w naturze», 2 de septiembre de 2025; «Inspektor Pracy», septiembre de 2026). Situación legal a 23 de septiembre de 2026.