Mandatos y actividad propia ya cuentan para la antigüedad
Desde el 1 de mayo de 2026 las empresas privadas computan mandatos, actividad propia y trabajo en el extranjero; tienes 24 meses para acreditarlos.
Los años trabajados con una umowa zlecenia (contrato civil de mandato), en tu propio negocio o en el extranjero sin contrato laboral pueden darte más vacaciones, un plus de antigüedad mayor o un preaviso más largo. Desde el 1 de mayo de 2026 también los empleadores privados deben computar estos periodos en el staż pracy (antigüedad laboral). La condición: debes acreditarlos, normalmente con un certificado del ZUS (Seguridad Social). Si estabas empleado el 1 de mayo de 2026, tienes 24 meses para presentar los documentos a tu empleador actual.
Qué ha cambiado
Hasta ahora la antigüedad se basaba sobre todo en el tiempo con umowa o pracę (contrato de trabajo). El nuevo art. 302¹ del Kodeks pracy (Código de Trabajo) añade al “periodo de empleo”, entre otros:
- la umowa zlecenia y otros contratos de servicios regidos por las normas del mandato,
- el contrato de agencia,
- la actividad económica propia (por los periodos con cotizaciones pagadas) y la colaboración en ella,
- el periodo de “ulga na start” (bonificación de inicio) de la actividad,
- la suspensión de la actividad para cuidar personalmente de un hijo, si se pagaron cotizaciones,
- el trabajo remunerado en el extranjero con una base distinta del contrato de trabajo, si está acreditado.
También cuentan los mandatos sin cotizaciones de jubilación e invalidez, p. ej. el de un estudiante menor de 26 años, siempre que tengas un documento que lo pruebe.
Fechas: los empleadores del sector de finanzas públicas aplican las nuevas reglas desde el 1 de enero de 2026; los demás, desde el 1 de mayo de 2026.
En qué influye
La ley habla en general del “periodo de empleo”. En sus aclaraciones el Ministerio de Familia, Trabajo y Política Social (MRPiPS) menciona, entre otros:
- más días de vacaciones anuales,
- un preaviso más largo y una indemnización mayor,
- un plus de antigüedad y un premio de aniversario más altos, si las normas del empleador los prevén,
- acceso a ofertas que exigen cierta antigüedad.
Dos matices:
- Para la antigüedad con un empleador concreto (p. ej. el preaviso) solo cuentan los contratos u otro trabajo realizado para ese empleador.
- Si los periodos se solapan (p. ej. empleo y mandato a la vez), se cuentan una sola vez, el que te sea más favorable.
Según el MRPiPS no se computan, entre otros: la umowa o dzieło (contrato de obra), la actividad no registrada, las prácticas universitarias y el voluntariado. El cambio no afecta a la jubilación.
Cómo obtener el certificado del ZUS
- Entra en eZUS (PUE ZUS). La solicitud solo se presenta en línea.
- Elige el formulario USP: “Wniosek o wydanie zaświadczenia o ubezpieczeniu dla celów doliczenia okresów do stażu pracy” (solicitud de certificado de seguro para computar periodos en la antigüedad). Para periodos anteriores al 1 de enero de 1999 se usa el formulario US-7.
- No se adjuntan documentos adicionales: el ZUS comprueba los datos de tu cuenta.
- El certificado llega por vía electrónica. Entrégalo a tu empleador.
Si el ZUS no tiene datos y lo deniega, puedes pedir un procedimiento aclaratorio. Los mandatos de la época de estudios (sin cotizaciones) y el trabajo en el extranjero los acreditas tú, p. ej. con el contrato con el cliente o un documento de una institución extranjera, de un registro mercantil o de un empleador extranjero. El empleador puede no aceptar un documento dudoso; las disputas las resuelve el tribunal laboral.
Plazo: 24 meses
Si el 1 de mayo de 2026 trabajabas para un empleador fuera del sector público, tienes 24 meses desde ese día para presentarle los documentos. Pasado ese plazo, ese empleador ya no tiene que computar los periodos no acreditados. En el sector público los 24 meses cuentan desde el 1 de enero de 2026.
Los derechos derivados de los nuevos periodos corresponden desde el día en que se adquieren, pero no antes del 1 de mayo de 2026 (en el sector público, del 1 de enero de 2026).
Qué significa para ti
Si eres trabajador:
- ¿Has trabajado con mandatos, con tu propia empresa o en el extranjero? Presenta el formulario USP en eZUS y entrega el certificado a recursos humanos: puede cambiar tus días de vacaciones o tu preaviso.
- Para el trabajo en el extranjero, reúne los documentos cuanto antes: conseguirlos de otro país puede llevar tiempo.
- No lo dejes para los últimos meses del plazo de 24 meses.
Si eres empleador:
- Informa a tu equipo de las nuevas reglas y del plazo de 24 meses; acepta los certificados y recalcula vacaciones, pluses y preavisos según las nuevas reglas.
- Recuerda la regla del “trabajo para este empleador” en el preaviso.
- Esto también se aplica a trabajadores temporales y extranjeros: sus periodos en el extranjero también pueden contar si están acreditados.
Base legal: Ley de 26 de septiembre de 2025 que modifica el Código de Trabajo y otras leyes (Dz.U. 2025 pos. 1423) — art. 1 (art. 302¹ y 302² del Código de Trabajo), art. 5–10; MRPiPS, “Staż pracy na nowych zasadach” (preguntas y respuestas, gov.pl); ZUS, “Stażowe — nowe regulacje i zaświadczenia od 2026 r.” (29.12.2025). Situación jurídica a 25 de septiembre de 2026.